México endurece medidas contra el consumo de tabaco. La reforma a la Ley General para el Control del Tabaco, aplaudida por el Organización Mundial de la Salud y considerado excesivo por la industria tabacalera, reduce la visibilidad de las marcas de cigarrillos al tiempo que aumenta el número de lugares públicos donde está prohibido fumar, incluso al aire libre.
La reforma, que entró en vigor el pasado domingo, prohíbe la publicidad por cualquier medio de comunicación, incluidos los anuncios en Internet y a través de las redes sociales, además del cine, la televisión y el teatro. La normativa no solo limita la promoción y los anuncios explícitos, también incluye un apartado sobre mensajes subliminales que podrían incentivar el consumo.
La legislación, que amplía medidas aprobadas en 2008, como el etiquetado de advertencias sanitarias y la creación de espacios libres de humo, también prohíbe la exposición directa o indirecta de productos del tabaco en estanterías, cajones, armarios y aparadores. A partir de ahora, los paquetes de cigarrillos desaparecerán de la vista de los clientes en los supermercados, tiendas de conveniencia y cualquier lugar que venda tabaco. En su lugar, los establecimientos ofrecerán una lista textual con el precio de cada producto. Tampoco se permitirá exhibir el logo, eslogan o arreglos gráficos de las distintas marcas de cigarrillos. La prohibición incluye los vehículos utilizados en competencias deportivas y los uniformes, gorras o cascos de cualquier equipo; videojuegos en cualquier formato; y discos o dispositivos de almacenamiento de datos.
¿En qué lugares no se puede fumar?
La reforma amplía los espacios libres de humo a todos los lugares considerados de “reunión colectiva”. A partir del 15 de enero de 2023, la Ley prohíbe fumar en patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, parques infantiles, áreas deportivas, hoteles, playas, centros de diversión, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hospitales, clínicas, iglesias o lugares de culto religioso, restaurantes y bares, así como paradas de transporte. También se consideran espacios libres de humo los lugares de trabajo, las escuelas privadas o públicas de cualquier nivel y el transporte público, independientemente de que se encuentren bajo techo o al aire libre.
Terrazas, balcones y patios: zonas de fumadores sin servicios
Aunque se mantienen las zonas exclusivas para fumadores en restaurantes, bares, hoteles y lugares de ocio, la reforma establece que los establecimientos no podrán ofrecer ningún servicio en estas zonas, modificación que acaba con las terrazas, patios y otros espacios al aire libre. donde fumar se combinaba con alimentos y bebidas. La nueva legislación contempla que las zonas exclusivas para fumar estén separadas físicamente del resto y se encuentren al menos a diez metros del lugar de reunión.
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